Ha estado proliferando la fatídica “doctrina” de juzgar a los demás como un deber del contendor de la fe. Claro es que existen referencias que no lo prohiben, pero que tampoco lo alientan como una práctica recurrente si no se ha considerado la vida propia como juzgable. El mismo Jesucristo, la Justicia de Dios, establece un precedente que muchos falaces han manipulado: “El que esté libre de pecado, sea el primero en condenar (lance la primera piedra)”.
No es raro encontrarnos con una maraña de información por medio de los blogs, y temerariamente han aparecido una cantidad de autores que amparados en su “derecho a la libre expresion” se dan el lujo de lanzar acusaciones, la gran mayoría fundadas en las chimuchinas foreras o simplemente en comentarios del nuevo “movimiento de los contra todo” (término acuñado por el Blog Es la hora de ser real para esa tendencia de oponerse a iglesias, pastores, estrategias, etc.). Algunos de esos comentarios obviamente rayan en el sarcasmo, juegan con la ironía, y desarrollan un interesante ejercicio de tensiones y distensiones, verdades y relativismos; a veces suelen aflorar las susceptibilidades, y las carencias de carácter, y no hace falta discurrir tan profundamente para comprender las truculentas motivaciones que mueven a algunos para manifestar su disidencia a ciertos hitos de la actualidad eclesial.
Los problemas que se están generando gracias al “sabio” proceder, además del excesivo ocio “pro-farándula”, son las impensadas consecuencias legales que podrían devenir tarde o temprano, gente con poco sentido común ha logrado obtener tal autoritas que se da el lujo de expresar (gracias al imperium de su “libertad de expresión”) graves acusaciones sobre el color de calcetines que usan cuando van al culto y que comen pan Koshen, a secas: ladrones, lujuriosos, adúlteros, estafadores, etc. Esta mal entendida “libertad de expresión cristiana ” no ha hecho sino crear un ejército de futuros imputados y eventualmente condenados como autores de delitos contra el honor y dignidad de las personas.
¿Podemos o no denunciar estos delitos y otros que suceden en el contexto eclesiástico en cortes civiles o penales? Si un hermano me injurió en el púlpito o en internet, o no quiere pagarme la deuda del préstamo ¿que debo hacer?
¿ Osa alguno de vosotros, cuando tiene algo contra otro, ir a juicio delante de los injustos, y no delante de los santos?
Varios se han basado en 1 Cor. 6:1-11 para alegar que es malo que un cristiano acuda a estos tribunales para hacer exigir sus derechos contra las malas acciones de un “hermano en la fe”, es de deshonra para el evangelio, etc. Pablo no prohibe absolutamente el acudir a la justicia temporal, generalmente conducida por “no creyentes”, pero invita a que, antes de recurrir ante esas autoridades, arreglen sus casos bajo el juicio de cristianos.
¿ O no sabéis que los santos han de juzgar al mundo? Y si el mundo ha de ser juzgado por vosotros, ¿sois dignos de juzgar cosas muy pequeñas?¿O no sabéis que hemos de juzgar a los ángeles?¿Cuánto más las cosas de esta vida? Si, pues, tenéis juicios sobre cosas de esta vida, ¿ponéis para juzgar a los que son de menor estima en la iglesia? Para avergonzaros lo digo. ¿Pues qué, no hay entre vosotros sabios, ni aún uno, que pueda juzgar entre sus hermanos, sino que el hermano con el hermano pleitea en juicio, y esto ante los incrédulos?
Pablo establece la necesidad de que se organicen tribunales eclesiásticos para tratar con las disputas entre cristianos que no s epueden resolver por medio de conferencias peronales onformales, el problemas es ¿Cómo le damos reconocimiento a dichas autoridades de modo totalitario o más bien absoluto sobre la religión evangélica si su realidad se basa en la autonomía denominacional y dentro de cada denominación o son congregacionales que siguen el principio aludido o episcopales centralizadas? ¿ Que hacer cuando un bautista dice cosas contra un pentecostal o cuando un asamblea de Dios publica injurias sobre un pastor aliancista por internet o un pastor denosta a otro pastor? Si hasta en las mejores familias sucede.
Que se constituya un tribunal eclesiático dentro de la iglesia local es efectivo y práctico, cada una sigue un determinado procedimiento basado en Mateo 18: 15- 17 ( Si tu hermano peca contra ti…), algunas siguen la literalidad de la Escritura y excluyen al fornicario o al que rehúsa escuchar la razón y continúa actuando de modo dañino para su hermanos. En otras se da la posibilidad de restauración, se le suspende de las actividades de liderazgo y en general de participación activa hasta que arreglen su situación personal, restituyan lo robado, regularicen la convivencia, se sometan a una terapia, etc. ¿Pero a nivel interdenominacional qué?
Hay un aparente vacío en la regulación de tribunales eclesiásticos del apóstol Pablo, él no pensaba en la multiplicidad de denominaciones independientes entre sí y no sujetas a una autoridad central en lo administrativo y espiritual (Concilio de Ancianos, por ejemplo), es obvio que la teocracia apostólica con el correr del tiempo decantó en una especie de democracia cristiana, una especie de continua“Revolución Francesa“, en donde “todos” deciden por todos, y donde “todos” tienen derecho a hacer y a opinar lo que quieran, con sus excepciones. Y entonces frente a este vacío no queda sino sugerir, idealmente pero poco práctico, una sujeción fraternal interdenominacional, o sencillamente soportar “proyectos” de tribunales inquisidores de la fe disfrazados en medios de comunicación virtual, impresos y púlpitos, no se respeta el procedimiento de Cristo, y por ende no queda otra sino recurrir a la instancia definitiva, ante las otras autoridades puestas por Dios, y evitar que la impunidad se transmita de boca en boca, de blog en blog.
Mientras se ventilen cuestiones de menester cristiano en público, no queda sino alentar a la cordura de los fiscales (foreros inescrupulosos) y defensores en esta contienda de la fe (profetas inquisidores), y si no te queda otra alternativa, apela al juicio justo de Dios en los Tribunales de Justicia.
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